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Inicio>>Principal>>Organización>>Consejo
General
CONSEJO
GENERAL
(Del Reglamento del Régimen Interno “Estatuto General
de la Naturopatía”)
F.E.N.A.C.O.
funcionara como Consejo General de Asociaciones Profesionales de Naturópatas
de España. (articulo 28 , del reglamento de Régimen Interior de F.E.N.A.C.O.).
El Consejo General quedo constituido formalmente el día 25 de Octubre
de 1992 en Madrid.
CAPÍTULO
I De las competencias y composición del Consejo General
Art. 111º.
(1) El Consejo General de Asociaciones Profesionales de Naturópatas de
España es el órgano representativo, coordinador y ejecutor superior de
las Asociaciones Profesionales de Naturópatas, con personalidad jurídica
propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
(2) El Consejo General se regirá por el ordenamiento jurídico vigente
y sus normas especificas.
Art.112º. Las competencias
del Consejo General son:
-
Representación
Internacional
-
Relaciones con
la Administración central
-
Labores de Coordinación
entre las Asociaciones Federadas.
-
Fondo de Financiación
Interfederal
-
Relaciones con
entidades de ámbito estatal.
-
Coordinar la
elaboración de los Estatutos generales de las Asociaciones Profesionales
de Naturópatas, así como elaborar los suyos propios.
-
Aprobar los
Estatutos y visar los Reglamentos de Redimen Interior de las Asociaciones
Profesionales.
-
Dirimir los
conflictos que puedan suscitarse entre las distintas Asociaciones
Profesionales federadas
-
Resolver los
recursos que se interpongan contra los actos de las Asociaciones Profesionales
federadas.
-
Adoptar las
medidas oportunas para que las Asociaciones Profesionales federadas
conozcan y ejecuten las resoluciones del propio Consejo General dictadas
en materia de su competencia.
-
Ejercer las
funciones disciplinarias con respecto a los miembros de las Juntas
de Gobierno de las Asociaciones Profesionales federadas.
-
Informar perceptivamente
todo proyecto de modificación de la legislación sobre la Naturopatía.
-
Informar los
proyectos de disposiciones general de carácter fiscal que afecten
concreta y directamente a la Naturopatía.
Organizar con carácter nacional, instituciones y servicios de asistencia
y previsión; y colaborar con la Administración para la aplicación
a los Naturópatas del sistema de seguridad social más adecuado.
-
Tratar de conseguir
el mayor nivel de empleo de los Naturópatas, colaborando con la Administración
en la medida que resulte necesario.
-
Adoptar las
medidas que estime conveniente para completar provisionalmente con
los/as Asociados/as más antiguos las Juntas de Gobierno de las Asociaciones
Profesionales cuando se produzcan las vacantes de mas de la mitad
de los cargos de aquellas. La Junta provisional, así constituida,
ejercerá sus funciones hasta que tomen posesión los designados en
virtud, de elección, que se celebrara conforme a lo dispuesto en los
Estatutos.
-
Velar por que
se cumplan las condiciones exigidas por las Leyes y los Estatutos
para la presentación y proclamación de candidatos para los cargos
de las Juntas de Gobierno de las Asociaciones Profesionales de Naturópatas.
Art.113º. El Consejo
General estará compuesto por:
1º La Presidencia
a) El Presidente
del Consejo General será elegido por la Asamblea General.
b) El Presidente del Consejo General tendrá las siguientes atribuciones:
-
Presidir la
Asamblea General y el Consejo General
-
Coordinar la
Asamblea y el Consejo General.
-
Moderar los
debates y el orden de las reuniones y ejecutar los acuerdos.
-
Convocar las
reuniones de la Asamblea General y del Consejo General
-
Designar los
asesores que estime oportuno para que con voz pero sin voto, participe
en las reuniones cuando lo considere conveniente.
-
Rendir informe
ante la Asamblea General y el Consejo General
-
Cumplir y hacer
cumplir las normas estatutarias.
-
Delegar, de
manera accidental o permanente, una o varias funciones a él atribuidas,
en el Vicepresidente o en algún miembro del Consejo General.
-
Desarrollar
el conjunto de funciones que le sean encomendadas y atribuidas para
la buena marcha de la profesión.
2º La Secretaria
General servirá de coordinación entre todas las Asociaciones Profesionales
federadas.
a) El Secretario
General del Consejo General será elegido en Asamblea General.
b) Las funciones del Secretario General son:
-
Asesorar al
Presidente en todas las cuestiones de gobierno y administración de
la Federación.
-
Advertir de
los posibles casos de ilegalidad o de trasgresión de las normas estatutarias
en que se pudiera incurrir, en los actos o acuerdos que se pretendan
adoptar mediante nota en el expediente o de palabra en la reunión.
-
Actuar como
tal en las reuniones y la Asamblea General y Consejo General, convocando
las mismas por mandato del Presidente y levantando Acta de las mismas,
Acta que con el visto bueno del Presidente autorizara con su firma.
-
Comunicar a
los Organismos que puedan corresponder los acuerdos tomados en las
reuniones del Consejo General y Asambleas con el visto bueno del presidente.
-
Adoptar las
medidas necesarias para la ejecución de los acuerdos de los órganos
de gobierno.
-
Proponer al
Consejo General la contratación de personal bien sea técnico, administrativo,
auxiliar o subalterno de la Federación, si fuera necesario, y proponer
su cese si fuera necesario.
-
Custodiar los
Libros de la Federación.
-
Informar al
Presidente, Asamblea General o Consejo General, acerca de las asistencias
suficientes de los Asociados que las constituyen.
-
Expedir copias
y certificaciones, con el visto bueno del Presidente, en relación
a asuntos de libros a él confiados.
-
Velar por el
buen funcionamiento de ficheros, archivos y estadísticas de la Federación.
-
Vigilar el despacho
de correspondencia y asuntos generales de la Federación y la buena
marcha de todos los servicios administrativos de la misma, ejerciendo
la dirección y coordinasen general técnico-administrativa de los órganos,
servicios y dependencias integrantes de la Federación.
-
Redactar, en
su caso, la memoria anual de Actividades.
-
Cuantas otras
les sean encomendadas por el Presidente y los Órganos de gobierno
de la Federación. En los casos de ausencia, vacante, o por cualquier
otro motivo, el Secretario será sustituido en sus funciones por un
miembro del Consejo General, o por cualquier otra persona que designe
el Consejo General en quien concurra la idoneidad adecuada.
3º Siete Vicepresidencias,
formada por los Presidentes o los Delegados de las Asociaciones Profesionales
Autonómicas, a saber:
- Vicepresidencia
de Relaciones Internacionales, cuyo objetivo fundamental será el reconocimiento
de FENACO como interlocutor valido a instancias internacionales, además
de armonizar las distintas actuaciones que hasta ahora han llevado las
distintas Asociaciones a nivel internacional. Elaborar un plan estratégico
de actuación a nivel de Comunidad Europea, que se basara en los siguientes
ejes:
-
Potenciar una
Unión Europea de Naturopatía que sirva de interlocutor valido
antes las instancias Comunitarias, y que también pueda servir de marco
organizativo para otras Asociaciones Profesionales no integradas en
la Europa comunitaria.
-
Plantear un
marco legislativo que contemple toda la problemática que plantea nuestra
profesión a raíz del Mercado Unico Europeo.
-
A Corto plazo,
y como un Convenio Privado, redactar un estatuto que sirva a todos
los Naturópatas (que en cada país tendrá su nomenclatura definitoria)
para ejercer libremente en los países de la Comunidad Europea.
-
En la línea
anterior, negociar con otras asociaciones la convalidación de estudios
a nivel europeo.
Otras iniciativas encaminadas a consolidar y fortalecer nuestra profesión
a nivel Europeo e internacional.
- Vicepresidencia
de Asuntos Jurídicos - Laborales, cuyo cometido será elaborar el marco
jurídico-laboral de la profesión, así como coordinar las actuaciones que
se produzcan en el ámbito jurídico-laboral de la Federación; y coordinar
los distintos encuentros que se produzcan con la Administración central.
- Vicepresidencia
de Finanzas, cuya función será la de preparar las directrices necesarias
para recaudar fondos para la Federación, así como coordinar la Tesorería,
que además tendrá las siguientes funciones:
-
Custodiar los
fondos.
-
Expedir los
libramientos que someterá a la firma del Presidente y Secretario General.
-
Ordenar el servicio
de cobranza de cuotas con el visto bueno del Presidente y Secretario
General.
-
Expedir los
justificantes de cobro con el visto bueno de los anteriores.
-
Ejecutar los
acuerdos del Consejo General que se refieran a la tenencia o depósitos
de fondos.
-
Bajo su personal
responsabilidad podrá delegar algunas funciones de modo accidental
o permanente, en algún otro miembro del Consejo General, o en su defecto
en la persona que él proponga ante el Presidente.
-
Presentara,
cuantas veces sea requerido para ello por el Consejo General, la situación
de fondos de la Federación.
-
Elaborar propuestas
de ingresos, y actividades
- Vicepresidencia
de Comunicación e Imagen, tendrá como objetivo coordinar las relaciones
con los medios de comunicación así como coordinar campañas de imagen de
la Federación, de esta Vicepresidencia dependerá el Gabinete de Prensa
y la Revista Informativa "NATUROPATÍA".
- Vicepresidencia
de Formación y Didáctica, se encargara de elaborar el marco de formación
de la profesión, así como coordinar todos los temas relacionados con la
enseñanza de la Naturopatía como Ciencia de la Salud.
- Vicepresidencia
de Infraestructura, se encargara de los aspectos técnicos de la Federación,
actuando como Secretaria Técnica; entre otras funciones tendrá la de ejecutar
los cobros y pagos de Tesorería.
- Vicepresidencia
de Organización, se encargara de todos los aspectos organizativos de la
Federación, entre ellos el de organización de congresos científicos, asambleas,
convenciones, simposium..., además trabajar con la Secretaria General
en las labores de coordinasen, en este caso actuaría también como Vicesecretario.
3º Diez vocalías
formadas por los Presidentes o Delegados de las Asociaciones Autonómicas,
que actuarían como coordinadores de áreas, a saber:
- Vocalía de Naturopatía
Energética, coordinaría los módulos de aquellas técnicas energéticas que
incidan en el campo de Salud desde la óptica del método natural (utilización
de imanes...
- Vocalía de Naturopatía
Alimentaria, coordinaría los módulos de Dietética, Nutrición, Bromatología,
Trofología, y todos aquellos contemplados en la Naturopatía sobre la Alimentación
Humana.
- Vocalía de Estímulos
Naturales, coordinaría los módulos de todos aquellos estímulos naturales
que cuya aplicación incida en la salud humana.
- Vocalía de Naturopatía
Fitocomplementaria, coordinaría los módulos de todas aquellas técnicas
cuyo soporte sean las plantas y sean de uso del Naturópata.
- Vocalía de Naturopatía
Manual, coordinara los módulos de quiromasaje, quiropraxia, reflexología
podal, digitopuntura, y todas aquellas técnicas cuya ejecución sea manual
e impliquen la practica naturopática.
- Vocalía de Naturopatía
Funcional, coordinara los módulos de todas aquellas técnicas que actúan
a niveles funcionales en el organismo humano sin deterioro de sus estructuras
enzimáticas.
- Vocalía de Naturopatía
Sensorial, coordinara los módulos operativos de todas aquellas técnicas
que utilicen las vías sensoriales para normalizar y mantener la salud.
- Vocalía de Naturopatía
Psicofísica , coordinara los módulos de Sofrología, Biorespiración,
Renacimiento, Yoga, Relajación, y todas aquellas técnicas encaminadas
a utilizar los recursos personales para el restablecimiento y autogestión
de la salud.
- Vocalía de Naturopatía
Normativa, coordinara los módulos de Educación para la salud y Promoción
de la Salud contemplados en la practica naturopática.
- Vocalía de Semiológica
Naturopática, coordinara los módulos de Iridologia, Grafología, Fisiognomía
y Morfología, y todos aquellos encaminados a evaluar el estado de salud
de las personas bajo el criterio Naturopático.
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